18/01/2023 11:14
La bajada del IVA de algunos alimentos al consumidor ha hecho surgir dudas sobre cómo afecta a los agricultores y ganaderos. Tras consultar con la Dirección General de Tributos, la organización agraria ASAJA ha aclarado que:
- Los agricultores y ganaderos que tributan en módulos (régimen de estimación objetiva del IRPF) y, por lo tanto, en el Régimen Especial de Agricultura y Ganadería del IVA, siguen manteniendo la compensación de los tipos de IVA del 12% en agricultura y del 10,5% en ganadería.
- Quienes tributan en el régimen de estimación directa del IRPF y, por lo tanto, en el Régimen General del IVA, cuando aplicaban y les aplicaban el tipo de IVA del 4% en las producciones que han sido objeto de reducción ahora el tipo de IVA a aplicar es del 0% y los que aplicaban y les aplicaban el tipo de IVA del 10% en las producciones para las que se ha aprobado una reducción al 5%, el tipo aplicar es ahora del 5%.
Hay que recordar que los alimentos que tenían un IVA del 4% que se ha reducido al 0% son el pan, la harina panificable, la leche, los quesos, los huevos y las frutas, verduras, legumbres, tubérculos y cereales. Y se aplica un IVA del 5% (en lugar del 10%) a los aceites de oliva y de semillas y a la pasta.
Por otro lado, ASAJA ha aclarado también cómo queda el IVA de las semillas, que pasa del 4% al 0% (para las facturas que tienen que hacer los vendedores de semillas a los agricultores).
La organización subraya que los cambios son solo para los productos entregados al comprador a partir del 1 de enero de 2023.
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