20/07/2022 10:31
A partir del 1 de enero de 2023 seguirá habiendo una reserva nacional de derechos, en este caso de la nueva ayuda básica a la renta. Funcionará de forma similar a la actual reserva de derechos de pago único, aunque el sistema incluye algunas novedades.
Como en el régimen actual, la reserva se utilizará prioritariamente para facilitar la entrada de jóvenes agricultores y nuevos agricultores. También para los casos en los que haya una sentencia judicial firme o un acto administrativo definitivo.
No obstante, se incluirán dos nuevas categorías de agricultores (no prioritarias) que podrán acceder a esos derechos: los “agricultores en desventaja” que hayan ejercido la actividad agraria desde 2015 pero no hayan participado nunca del sistema de derechos de pago básico; y los responsables de explotación que participen en programas de reestructuración dirigidos a evitar el abandono de tierras en el marco de una intervención pública.
La reserva se nutrirá en 2023 con los importes correspondientes a un máximo del 3% de la partida presupuestaria asignada a España para la ayuda básica a la renta. Si fuera necesario, en 2024 se completaría con un máximo del 1% de esa asignación. También se podrá aplicar una reducción lineal del valor de los derechos de pago en campañas posteriores si es necesaria para cubrir los casos prioritarios.
Asimismo se incorporarán a la reserva los derechos de ayuda no utilizados durante dos años, los cedidos voluntariamente por los agricultores, los retenidos por las cesiones de derechos sin tierra o los obtenidos por la aplicación de la cláusula del beneficio inesperado.
En lo que respecta a las cesiones de derechos, se seguirá, en líneas generales, la normativa actual, aunque se incrementa la retención para las cesiones (venta o arrendamiento) de derechos sin tierras, con el fin de evitar operaciones especulativas. Dicha retención será del 30% del valor de los derechos (salvo excepciones).
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